Terminología

Terminología

La presente terminología es tomada de Hernández, Carolina, 2014, pp. 21-26:

Accidente de Trabajo: Definido por la Ley 1562 de 2012, Artículo 3°:

Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante, durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en ejercicio sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. (Congreso de la República de Colombia); basado en la Decisión 584 de 2004 de la CAN.
Términos relacionados: Accidente laboral.


Acoso Laboral

Definido por el artículo 2 de la Ley 1010 de 2006, es:
Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir a la renuncia del mismo. (Congreso de la República de Colombia).


Ausentismo Laboral

“Es la suma de los períodos en los que los empleados de una organización no están en el trabajo según lo programado, con o sin justificación.” (ICONTEC, 1996, p. 1).<7p>


Capacitación

Definido por el artículo 4 del Decreto Ley 1667 de 1998:
Se entiende por capacitación el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral. Esta definición comprende los procesos de formación, entendidos como aquellos que tienen por objeto específico desarrollar y fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la función administrativa.


Clase de Riesgo

En seguridad y salud en el trabajo, es la jerarquización del nivel de peligro al que están expuestos los trabajadores de una determinada organización, en la cual el empleador clasifica a la empresa de acuerdo con la actividad económica principal que desarrolla. Según el Decreto 1295 de 1994, las empresas y sus centros de trabajo deben estar categorizadas en una de las cinco clases de riesgo, entre el riesgo mínimo (clase I) y el riesgo máximo (clase V).


Clima Organizacional

“El ambiente de trabajo percibido por los miembros de la organización y que incluye estructura, estilo de liderazgo, comunicación, motivación y recompensas, todo ello ejerce influencia directa en el comportamiento y desempeño de los individuos.” (Sandoval, 2004, p. 84).
Términos relacionados: Clima Laboral


Comité de Convivencia Laboral

Es una medida preventiva del acoso laboral, consistente en un equipo de personas representantes del empleador y de los trabajadores y sus respectivos pares, con las funciones y obligaciones previstas en la legislación.


Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo

Es un órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facul-tades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacionales, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. (CAN, 2004, Artículo 1).
Términos relacionados: Comité de Seguridad. Comité de Seguridad y Salud en el trabajo.


Elementos de Protección Personal

Es el conjunto de equipos o dispositivos destinados para ser utilizados por el trabajador, para protegerlo de uno o varios factores ambientales peligrosos presentes en el trabajo. (Ministerio del Trabajo de la República de Colombia, 2013, Artículo 3°).


Enfermedad Laboral

Definida por la Ley 1562 de 2012, artículo 4°, “Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.” (Congreso de la República de Colombia).
Términos relacionados: Enfermedad Profesional


Ergonomía

Disciplina científica dedicada al entendimiento de las interacciones entre los humanos y otros elementos de un sistema, de forma que se optimice el bienestar humano y el desempeño general del proceso (Traducción del autor). (IEA, 2014, ¶1-2).


Examen Médico Ocupacional

Definido por la Resolución 2346 de 2007, artículo 2°:
Acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición. Incluye anamnesis, examen físico completo con énfasis en el órgano o sistema blanco, análisis de pruebas clínicas y paraclínicas, tales como: de laboratorio, imágenes diagnósticas, electrocardiograma, y su correlación entre ellos para emitir un el diagnóstico y las recomendaciones. (Ministerio de la Protección Social de la República de Colombia).


Factores Psicosociales

Definidos por la OIT en 1986, los factores psicosociales en el trabajo consisten en interacciones entre el trabajo, su medio ambiente, la satisfacción en el trabajo y las condiciones de su organización, por una parte, y por la otra, las capacidades del trabajador, sus necesidades, su cultura y su situación personal fuera del trabajo, todo lo cual, a través de percepciones y experiencias, pueden influir en la salud y en el rendimiento y la satisfacción en el trabajo. (p. 3).


Factores de Riesgo Psicosocial

Son todos aquellos factores psicosociales que tienen el potencial de producir efectos negativos en la salud de los trabajadores.


Formación

Es “el proceso sistemático de adquisición de actitudes, conceptos, conocimientos, funciones o destrezas que dan lugar a una mejora continuada de los niveles de rendimiento laboral.” (García, Rubio y Lillo, 2003, citado en Barraza, 2007, p. 139).


Grupo de interés

Individuo o grupo de personas “que tiene interés en cualquier decisión o actividad de la organización” (ISO, 2010b, p. 4).
Términos relacionados: Parte interesada, “stakeholder”.


Guarda de Seguridad

Es “un medio de protección que impide o dificulta el acceso de las personas o de sus miembros al punto o zona de peligro de una máquina. [Una guarda de seguridad o] resguardo es un elemento de una máquina utilizado específicamente para garantizar la protección mediante una barrera material.” (INSHT, 2000, p. 1).


Incidente de Trabajo

Según la Decisión 584 de 2004 de la CAN, se define como: “Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales” (Artículo 1, literal q).
Términos relacionados: Incidente Laboral.


Matriz de Peligros

“Herramienta para consignar de forma sistemática la información proveniente del proceso de la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos” (ICONTEC, 2010, p. 8).


Medición Higiénica

Es aquella evaluación que permite identificar los agentes peligrosos; químicos, físicos y biológicos; existentes en determinado lugar de trabajo, que pueden causar enfermedad o disconfort. (Traducción del autor) (IOHA, 2014, ¶2).


Peligro

“Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una combinación de estos.” (ICONTEC, 2007, p. 3).


Plan de Emergencias

“Definición de políticas, organización y métodos, que indica la manera de enfrentar una situación de emergencia o desastre, en lo general y en lo particular, en sus distintas fases.” (DGR, 2010, p. 71).


Profesiograma

Documento que establece el perfil biofísico y el monitoreo biológico mínimo requerido por cargo para los trabajadores de una organización, con el objetivo de seleccionar a los empleados con el menor riesgo potencial y preservar la salud de aquellos que ya se encuentran expuestos.


Promoción de la Salud en los Lugares de Trabajo

Es la “… variedad de políticas y actividades en los lugares de trabajo diseñadas para ayudar a empleadores y trabajadores en todos los niveles para incrementar el control y mejorar la salud.” (Traducción del autor) (OMS, 1998, p. 1).


Riesgo Laboral

Definido por la Decisión 584 de 2004 de la CAN, es la “probabilidad de que la exposición a un factor ambiental peligroso en el trabajo cause enfermedad o lesión”. (Artículo 1°).
Términos relacionados: Riesgo de seguridad y Salud en el Trabajo. Riesgos en la empresa.


Seguridad y Salud en el Trabajo

Definida por la Ley 1562 de 2012, artículo 1°:
(…) aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones. (Congreso de la República de Colombia).
Términos relacionados: Salud y Seguridad Ocupacional. Salud Ocupacional.


Sistema de seguridad social integral:

En términos de la Ley 100 de 1993, el sistema de seguridad social integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad. (Congreso de la República de Colombia, Preámbulo).


Sistema de Vigilancia Epidemiológica

Consiste en la recogida sistemática y continua de datos acerca de un problema específico de salud; su análisis, interpretación y utilización en la planificación, implementación y evaluación de programas de salud. En el ámbito de la salud laboral, esta vigilancia se ejerce mediante la observación continuada de la distribución y tendencia de los fenómenos de interés que no son más que las condiciones de trabajo (…) y los efectos de los mismos sobre el trabajador (…) (INSHT, 2012, p. 1).